Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37831

N° Receptoría:

Fecha: 2010-12-30

Carátula: PONCE DE LEON Rodolfo c/BANCO PCIA. RIO NEGRO (Residual) S/ Ordinario

Descripción: certifica pruebas

//neral Roca, 29 de DICIEMBRE de 2010.=

Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art . 432 inc. 1 del CPC, téngase por desistida a la parte demandada respecto a las testimoniales de reconocimiento ofrecida.

Certifique la actuaria.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

CERTIFICO: que habiendo vencido el período probatorio no queda prueba pendiente de producción de actor y demandado.

Secretaría, 29 de DICIEMBRE de 2010.=

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 29 de DICIEMBRE de 2010.=

Atento la certificación que antecede, clausúrase el término probatorio. Notifíquese.

Fecho, pónganse los autos en Secretaría a fin de que las partes aleguen por su orden.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro