Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0368/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2010-12-29

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ VEGA DANILO JAVIER S/ ORDINARIO (COBRO DE PESOS)

Descripción: ordena oficio

EXPTE. N° 0368/2008

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ VEGA DANILO JAVIER S/ ORDINARIO (COBRO DE PESOS)

Viedma, diciembre de 2010.-

Al escrito de fs. 232:

Atento lo peticionado y constancias de autos, a los fines dispuestos a fs. 205, tercer párrafo, líbrese oficio al Superior Tribunal de Justicia.-

Proveyendo a fs. 233:

Toda vez que las actuaciones requeridas pertenecen a la Cámara del Trabajo, a lo peticionado no ha lugar.-

Sin perjuicio de ello y en su caso antes de la clausura de la prueba, deberan requerirse nuevamente las actuaciones a la Cámara del Trabajo.-

Rosana Calvetti

Juez

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