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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15895-044-10
Fecha: 2010-12-29
Carátula: MAYER EMILIA MATILDE / FERNANDEZ JUAN MARCOS S/ DIVORCIO
Descripción: Hace efectivo apercibimiento por no ratificar
Expediente Nro.15895-044-10
San Carlos de Bariloche, 29 de diciembre de 2010
A lo solicitado a fs 222. No habiéndose cumplimentado con la intimación de fs.221, hágase efectivo el apercibimiento de ley (art. 48 CPCC). Declárase la nulidad de la presentación de fs. 219/220. Desglósese y devuélvase a su presentante.
Al ACUERDO.
LUIS MARIA ESCARDO
Presidente
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Poder Judicial de Río Negro