Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38350

N° Receptoría:

Fecha: 2010-12-28

Carátula: REALES Angel Antonio c/TIZNAO Mario Ramon S/ Ordinario

Descripción: clausura periodo probatorio

//neral Roca, 28 de DICIEMBRE de 2010.=

Atento a que la prueba instrumental fue ofrecida por ambas partes y habiéndose agregado las actuaciones según constancias de fs. 317, a lo solicitado, no ha lugar.

En consecuencia no restando prueba alguna a producir, clausúrase el período probatorio. Notifíquese.

Fecho, pónganse los autos en Secretaría a fin de que las partes aleguen por su orden.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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