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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38350
Fecha: 2010-12-28
Carátula: REALES Angel Antonio c/TIZNAO Mario Ramon S/ Ordinario
Descripción: clausura periodo probatorio
//neral Roca, 28 de DICIEMBRE de 2010.=
Atento a que la prueba instrumental fue ofrecida por ambas partes y habiéndose agregado las actuaciones según constancias de fs. 317, a lo solicitado, no ha lugar.
En consecuencia no restando prueba alguna a producir, clausúrase el período probatorio. Notifíquese.
Fecho, pónganse los autos en Secretaría a fin de que las partes aleguen por su orden.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro