Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0678/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-13

Carátula: STUDIO PRIMA S.A. S/ AMPARO

Descripción: SOLICITA INFORME PICICCO

EXPTE. N° 0678/2005

CARATULA: STUDIO PRIMA S.A. S/ AMPARO

Viedma, diciembre de 2005.-

1) Atento el informe de la Dirección General de Minería obrante a fs. 58/70, resérvense en Secretaría los expedientes acompañados.-

2) Tiénese presente el informe de la Dirección General de Tierras obrante a fs. 71/72.-

3) Proveyendo a fs. 74: Agréguese.-

4) Al escrito de fs. 75:

Tiénese presente y por cumplimentado lo requerido a fs. 57.-

5) Proveyendo a fs. 102/107:

Tiénese a las comparecientes por presentadas, parte a tenor de la copia del poder que obra a fs. 48/50 y por constituido el domicilio.-

Agréguese la documental y resérvense en Secretaría los expedientes acompañados.-

Por contestado el informe requerido a fs. 46 vta./47. Tiénese presente y hágase saber.-

6) Al escrito de fs. 124/125:

Agréguese la documentación acompañada.-

Atento lo manifestado y constancias de la causa, intímese al sr. Alfredo Picicco a que en el plazo perentorio de 3 días informe a este Juzgado si conoce la existencia de una servidumbre administrativa de paso a favor de la empresa Studio Prima S.A. para explotar la cantera "La Bianca". Notifíquese.-

En consecuencia, teniendo en cuenta lo informado a fs. 70 por la Dirección General de Minería y en los términos del art. 43 de la Constitución Provincial, requiérase la remisión dentro del plazo de 3 días y bajo apercibimiento de desobediencia judicial, del Expediente n° 28.026-M-03 donde tramita la Cantera "La Bianca", a cuyo fin ofíciese a la Fiscalia de Estado.-

NOTA: De haberse reservado los Exptes. n° 30.020, 30.017, 29.109, 29.068, 30.016 y 30.021 de la Dirección General de Minería bajo registro S-30/05 y Exptes. n° 30.077, 30.020, 30.017, 30.021 y 57.925-1947 acompañados por el sr. Picicco bajo registro S-31/05, conforme lo ordenado precedentemente. Conste.-

SECRETARIA, diciembre de 2.005.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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