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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38861
Fecha: 2010-12-27
Carátula: NAJUL Margarita S/ Sucesión (Ex 1547-XI-06)
Descripción: PROVIDENCIA
General Roca, 27 de diciembre de 2010.s-
Por presentado en el carácter invocado, gestión que deberá ratificar oportunamente.-
Del pedido de fondos a fin de abonar las publicaciones en el diario Río Negro, traslado a los restantes herederos y de lo manifestado respecto del pago de servicios del inmueble que integra el acervo hereditario y documentación acompañada, traslado. Not.-
Notifíquese mediante cédula y hágase saber que deberá notificar a José Eduardo Najul en el domicilio real la providencia de fs. 225 y la ordenada precedentemente.-
Se deja constancia que del pedido de venta y escrituración no se ha expedido el herederos José Eduardo Najul.-
Asimismo, córrase vista a Rentas y a Caja Forense.-
Deposítese en Caja Fuerte la documentación original de fs. 240/2.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse depositado. CONSTE.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro