Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36893

N° Receptoría:

Fecha: 2010-12-27

Carátula: FLORES Carmelo c/FLORES Pedro S/ Interdicto de retener

Descripción: No ha lugar

//neral Roca, 27 de diciembre de 2010.-

Encontrándose firme la sentencia de fs. 291/95, el auto de fs. 409 y lo informado por el Juzgado Civil 5 a fs. 472, a la suspensión solicitada, no ha lugar.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro