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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40011
Fecha: 2010-12-23
Carátula: MENDEZ José Valentin y CHOIMAN Sonia c/VOLPI Fernando Cesar y otro S/ Ordinario
Descripción: líbrese oficio
//neral Roca, 23 de DICIEMBRE de 2010.=
Proveyendoa f. 74: Atento la rectificación del dictámen de fs. 67 efectuada por la Delegación de Rentas, se debe tributar la suma de $ 4.500.- en concepto de impuesto de justicia y $ 30.- de sellado de actuación.
Habiéndose ya ordenado transferencia a fs. 70 y 71 por la suma de $ 5.430.-, y en virtud de la cnstancia de fs. 75, líbrese oficio a Rentas a fin de que restituya la suma de $ 900.- en concepto de devolución por liquidación mal realizada. Dicha suma deberá ser depositada y/o transferida a la cuenta de autos N° 220025501.
Cúmplase con los aportes al Colegio de Abogados y Sitrajur ( $ 360.- y $ 360.-).
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro