Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0742/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-12-22

Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ CHAZARRETA ALBERTO CRISTIAN Y OTRA S/ SUMARISIMO

Descripción: CEDULA SECRETARIA CAJA FORENSE

PROVINCIA DE RIO NEGRO

PODER JUDICIAL

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C E D U L A

Señor: CAJA FORENSE

Domicilio: BELGRANO nº 80 (constituido)

Ciudad: VIEDMA - R.N.

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "TARJETA NARANJA S.A. C/ CHAZARRETA ALBERTO CRISTIAN Y OTRA S/ SUMARISIMO ", Expte. Nº 0742/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 20 de diciembre de 2.010.- VISTOS: ... RESULTA: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- No hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 11/15 en contra de la Sra. Liliana Raquel Pilquinao.- II.- Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 11/15 y condenar al Sr. Alberto Cristian Chazarreta a abonar a Tarjeta Naranja S.A., en el plazo de 10 días, la suma de $ 10.960 en concepto de capital e intereses calculados al 30/11/2010 y de allí en más intereses según la referida tasa activa del Banco Nación hasta su efectivo pago.- III.- Imponer las costas al demandado Chazarreta (art. 68 ap. 1° CPCC) y regular los honorarios del Dr. Fernando Arturo Casadei en la suma de $ 1.687 (coef. 11 % + 40 %), conf. arts. 6, 7, 8, 11, 12 y conc. Ley G nº 2.212. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de diciembre de 2010.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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