Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0947/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2010-12-21

Carátula: CECCHIN RENZO ESTEBAN C/ JALABERT ALBERTO HERNAN S/ EJECUTIVO

Descripción: APROBACION DE LIQUIDACION

EXPTE. No 0947/2008

CARATULA: CECCHIN RENZO ESTEBAN C/ JALABERT ALBERTO HERNAN S/ EJECUTIVO

Viedma, diciembre de 2010.-

Por contestado el traslado conferido a fs. 94.-

Teniendo en cuenta que los intereses deben computarse desde la fecha de vencimiento del pagaré suscripto por el demandado y hasta el día de su efectivo pago conforme lo dispone la sentencia monitoria dictada en autos, a lo peticionado no ha lugar.-

En consecuencia, apruébase la liquidación practicada a fs. 89/93 en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 429 en concepto de intereses de honorarios y en la de $ 5.022 en concepto de capital al 30/11/10.-

Rosana Calvetti

Juez

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