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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0947/2008
Fecha: 2010-12-21
Carátula: CECCHIN RENZO ESTEBAN C/ JALABERT ALBERTO HERNAN S/ EJECUTIVO
Descripción: APROBACION DE LIQUIDACION
EXPTE. No 0947/2008
CARATULA: CECCHIN RENZO ESTEBAN C/ JALABERT ALBERTO HERNAN S/ EJECUTIVO
Viedma, diciembre de 2010.-
Por contestado el traslado conferido a fs. 94.-
Teniendo en cuenta que los intereses deben computarse desde la fecha de vencimiento del pagaré suscripto por el demandado y hasta el día de su efectivo pago conforme lo dispone la sentencia monitoria dictada en autos, a lo peticionado no ha lugar.-
En consecuencia, apruébase la liquidación practicada a fs. 89/93 en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 429 en concepto de intereses de honorarios y en la de $ 5.022 en concepto de capital al 30/11/10.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro