Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37129

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-13

Carátula: LARRINAGA Mario A. en MATUS M.E. C/LARRINAGA M. S/Alim. S/ Cese Cuota Alimentaria

Descripción: regulacion

General Roca, 13 de diciembre de 2.005.-

Certifique el Actuario.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sr. JUEZ:

CERTIFICO: Que la copia obrante a fs. 10 es copia fiel del original que he tenido a la vista y que se encuentra agregado en los autos 20.818-IV-86, a fs. 436.-

Secretaría, 13 de diciembre de 2.005.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 13 de diciembre de 2.005.-

Agréguese el convenio acompañado.-

A lo solicitado en el punto II, estése a lo ordenado en los autos principales.-

Atento lo peticionado y constancias de autos, regulo por su actuación, los honorarios del Dr. Graciela María Fernandez en la suma de $ 150.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro