include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36528
Fecha: 2005-12-13
Carátula: HIDALGO Gladys B. C/ILU Carlos y Otro S/ Sumario
Descripción: A cedula
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
CAJA FORENSE
VILLEGAS 973 ( (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "HIDALGO Gladys B. C/ILU Carlos y Otro S/ Sumario" (Expte. 36528) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en Avenida Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//General Roca, 12 de diciembre de 2.005...FALLO: Rechazando la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por los demandados y en su consecuencia hacer lugar a la demanda promovida por la Sra. GLADYS BEATRIZ HIDALGO contra los Sres. CARLOS JULIO ILU y GANEM GABRIEL ILU , condenando a estos últimos a abonar a la primera la suma de $ 968.- en el término de DIEZ días, con más los intereses determinados en los considerandos y costas del juicio.-Regulo los honorarios profesionales de los Dres. Fernando Detlefs en $ 250.- Adolfo Martinez en $ 50.- Elizabeth Quesada en $ 50.- y Susana Fiselzon en $ 30.- (M:B. $ 968.- arts. 6, 6 bis, 7 y 39 de la ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, cúmplase con la ley 869 y regístrese.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Queda Ud. debidamente notificado.-
Gral. Roca, 13 de diciembre de 2.005.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Carlos Ilu y Ganem G Ilu
Dres. ADOLFO MARTINEZ, ELIZABETH QUESADA Y SUSANA SANCHEZ DE FISELZON
ARTIGAS 512( (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "HIDALGO Gladys B. C/ILU Carlos y Otro S/ Sumario" (Expte. 36528) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en Avenida Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//General Roca, 12 de diciembre de 2.005...FALLO: Rechazando la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por los demandados y en su consecuencia hacer lugar a la demanda promovida por la Sra. GLADYS BEATRIZ HIDALGO contra los Sres. CARLOS JULIO ILU y GANEM GABRIEL ILU , condenando a estos últimos a abonar a la primera la suma de $ 968.- en el término de DIEZ días, con más los intereses determinados en los considerandos y costas del juicio.-Regulo los honorarios profesionales de los Dres. Fernando Detlefs en $ 250.- Adolfo Martinez en $ 50.- Elizabeth Quesada en $ 50.- y Susana Fiselzon en $ 30.- (M:B. $ 968.- arts. 6, 6 bis, 7 y 39 de la ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, cúmplase con la ley 869 y regístrese.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Se acompaña copia de fs. 176/7.-
Queda Ud. debidamente notificado.-
Gral. Roca, 13 de diciembre de 2.005.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Sra. GLADYS B. HIDALGO - Dr. Fernando Detlefs
9 de Julio 1425 ( (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "HIDALGO Gladys B. C/ILU Carlos y Otro S/ Sumario" (Expte. 36528) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en Avenida Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//General Roca, 12 de diciembre de 2.005...FALLO: Rechazando la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por los demandados y en su consecuencia hacer lugar a la demanda promovida por la Sra. GLADYS BEATRIZ HIDALGO contra los Sres. CARLOS JULIO ILU y GANEM GABRIEL ILU , condenando a estos últimos a abonar a la primera la suma de $ 968.- en el término de DIEZ días, con más los intereses determinados en los considerandos y costas del juicio.-Regulo los honorarios profesionales de los Dres. Fernando Detlefs en $ 250.- Adolfo Martinez en $ 50.- Elizabeth Quesada en $ 50.- y Susana Fiselzon en $ 30.- (M:B. $ 968.- arts. 6, 6 bis, 7 y 39 de la ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, cúmplase con la ley 869 y regístrese.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Se acompaña copia de fs. 176/7.-
Queda Ud. debidamente notificado.-
Gral. Roca, 13 de diciembre de 2.005.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro