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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1036/2010
Fecha: 2010-12-14
Carátula: MORENO AURORA Y OTRA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: SENT. B.L.S.G. CONCEDIDO
Viedma, diciembre de 2.010.-
Y VISTOS: Los presentes autos caratulados: "MORENO AURORA Y OTRA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS" Expte. n° 1036/2010; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 6/7 comparecen las sras. Aurora Moreno y Salomé Moreno Gee, por intermedio de apoderado, solicitando se les otorgue el beneficio de litigar sin gastos, atento que deben tramitar los autos caratulados: "Moreno Aurora y Otra c/ Capponi Mónica Lilian Evely s/ Ordinario - Reivindicación" Expte. nº 644/09 y no poseen recursos económicos suficientes para costear los gastos que el juicio demanda. Ofrecen prueba, fundan en derecho y concretan su petitorio.-
Que de conformidad con lo dispuesto en el art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial corresponde otorgar el beneficio de litigar sin gastos a quien careciera de recursos suficientes para solventar los gastos que le demanda la defensa judicial de sus derechos.-
Que del informe del Registro de la Propiedad Inmueble obrante a fs. 19 surge que Aurora Moreno no posee bienes a su nombre y Salome Moreno Gee posee un inmueble cuya valuación obra a fs. 34.-
Que en las declaraciones obrantes a fs. 14, 16 y 17 los testigos son contestes en afirmar que las peticionante no cuentan con los recursos necesarios para afrontar los gastos del juicio principal.-
Que atento las pruebas rendidas y el objeto perseguido con la petición, corresponde hacer lugar a lo solicitado, a los fines de la tramitación de los autos caratulados: "Moreno Aurora y Otra c/ Capponi Mónica Lilian Evely s/ Ordinario - Reivindicación" Expte. nº 644/09.-
Por lo expuesto y lo establecido en el art. 78 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial,
RESUELVO:
I.- Conceder el beneficio de litigar sin gastos, hasta que mejore de fortuna a AURORA MORENO y SALOME MORENO GEE, para la tramitación de los autos caratulados: "Moreno Aurora y Otra c/ Capponi Mónica Lilian Evely s/ Ordinario - Reivindicación" Expte. nº 644/09.-
II.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro