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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15918-052-10
Fecha: 2010-12-14
Carátula: ZUCCOTTI MARIA XIMENA / DOS SANTOS VALDEZ GUSTAVO ALBERTO S/ DIVORCIO S/ INCIDENTE ART. 250 CPCC
Descripción: Autos y Vistos
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIa. CIRCUNSCRIPCION
Expediente Nro.
Tomo:
Auto Interlocutorio/Sentencia:
Folio:
Secretaria: dra. Alba Posse
San Carlos de Bariloche, 14 de diciembre de 2010-
VISTOS: Los autos caratulados: " Zucotti Maria Ximena c /Dos Santos Valdez Gustavo Alberto s /divorcio s /INC. ART. 250 CPCC", expte. nro. 15918-052-10 (reg. Cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Luis M. Escardó , Horacio Carlos Osorio, Edgardo J. Camperi y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
Y CONSIDERANDO: Siendo necesario a los fines de resolver los presentes contar con los autos principales y que fueron ofrecidos como prueba a fs. 26,
La CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL,
RESUELVE: I.- Requerir la remisión de los autos principales, caratulados: "ZUCCOTTI XIMENA C/ DOS SANTOS VALDEZ GUSTAVO S/ DIVORCIO" EXPTE N° 11.320, en trámite por ante el Juzgado nro. 7 , a cuyo fin ofíciese a cargo de la recurrente. Interin, sáquense del acuerdo con interrupción del plazo para fallar. II. Notifíquese, regístrese, protocolícese.-
LUIS M. ESCARDO HORACIO C. OSORIO EDGARDO J. CAMPERI
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro