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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0478/2008
Fecha: 2010-12-13
Carátula: TORRES JESUS Y BENITEZ NOEMI BEATRIZ S/ SUCESION
Descripción: REGULACION DE HONORARIOS - SUCESION DE CONYUGUES
EXPTE. N° 0478/2008.-
CARATULA: TORRES JESUS Y BENITEZ NOEMI BEATRIZ S/ SUCESION.-
Viedma, diciembre de 2010.-
Atento lo peticionado, teniendo en cuenta el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales de la Dra. Guillermina Maxwell en la suma de $ 9.448 por los trabajos comunes e incluidas las tareas de inscripción, con cargo a la sucesión. (Coef.: 11 % M.B: $ 85.893,02) -arts. 8, 25, 44, 48 y 50 Ley G 2.212-. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Asimismo, sin perjuicio que no son necesarias, hágase saber a los presentantes que no han acompañado las declaratorias de herederos expresadas en el punto II.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro