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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36806
Fecha: 2005-06-06
Carátula: BANCO BANSUD SA C/ZAMPONI Gladys Noemi S/ Ejecutivo
Descripción: embargo de cuentas bancarias//a cédula
cédula a caja forense
General Roca, 06 de junio de 2.005.-
Trábese embargo sobre el bien denunciado, por las sumas de $ 6.083,72 en concepto de capital, con más la suma de $ 2.500 que se calculan para costas.-
Para su cumplimiento, líbrese oficio a las entidades bancarias mencionadas, haciéndoles saber que las sumas deberán ser depositadas y/o transferidas, a la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia Sudameris S.A., Sucursal General Roca.-
Oportunamente notifíquese al demandado.-
Hágase saber que la cuenta corriente y/0 caja de ahorro deberá quedar embargada hasta integrarse el total de la suma por la cual se decretó el embargo, como así también en caso de ser cuenta sueldo, deberá abstenerse de efectivizar la medida.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro