Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0155/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-12-09

Carátula: PEIRIS MAURICIO MARCOS C/ PEREZ OSCAR Y OTROS S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CEDULA SECRETARIA

PROVINCIA DE RIO NEGRO

PODER JUDICIAL

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C E D U L A

Señor: Dr. Emiliano Gallego

Domicilio: Alem 19 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PEIRIS MAURICIO MARCOS C/ PEREZ OSCAR Y OTROS S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS) ", Expte. Nº 0155/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, noviembre 19 de 2.010.- Encontrándose las actuaciones retiradas por el Dr. Emiliano Gallego, fórmese media carátula e intímese para que en plazo de 48 horas devuelva las mismas, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 128 del C. Pr.. Notifíquese.- Fdo. Dra. Ana Carolina Scoccia - Secretaria".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de diciembre de 2010.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro