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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 23880/09
Fecha: 2010-12-07
Carátula: COOPERATIVA DE TRABAJO DE INSTRUCTORES DE ESQUI DE SAN CARLOS DE BARILOCHE Y OTROS S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (ORDENANZA N° 1912-CM-09)
Descripción: Apertura/pruebas
Expte.Nº 23880/09-STJ-
///MA, 7 de diciembre de 2010.-
Acorde lo peticionado a fs.886 y el estado de autos, ábrase la presente causa a pruebas por el término de ciento veinte (120) días (art.798 CPCyC).-
Notifíquese por cédula (art.135 inc.11º CPCyC).-
Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora a fs.881/883: Documental: Tiénese presente la acompañada a autos.- Documental en poder de terceros: Ofíciese en la forma y a los fines propuestos, con transcripción de los recaudos legales pertienentes.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Pericial Contable: A sus efectos, ofíciese a la Cámara en lo Civil, Comercial y de Minería de la IIIa. Circunscripción Judicial facultandola para que proceda a la designación de un Perito Contable único de la lista de Peritos Contadores de esa ciudad, quien deberá aceptar el cargo por ante el Actuario dentro de los tres (3) días de notificado (art.469 Cód.Proc.Civ. y Com.) y expedirse sobre los puntos propuestos por la actora a fs.881 y vta. y 883 (art.472 y sgtes. CPCyC), en un plazo perentorio de treinta (30) días hábiles, bajo apercibimiento de ley (art.470 CPCyC). Adjúntese copias certificadas de la fojas pertinentes.- Informativa: Ofíciese en la forma y a los fines propuestos, con transcripción de los recaudos legales pertinentes (art.398 y sgtes.CPCyC).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Testimonial: Póngase a observación de la contraparte el pliego interrogatorio propuesto, por el término de ley (art.454 CPCyC).- Pericial Tasador: A sus efectos, ofíciese a la Cámara en lo Civil, Comercial y de Minería de la IIIa. Circunscripción Judicial a los fines de proceda a la designación de un perito idóneo de la lista de Peritos de esa ciudad, quien deberá aceptar el cargo por ante el Actuario dentro de los tres (3) días de notificado (art.469 CPCyC) y expedirse sobre los puntos propuestos por la actora a fs.882 vta.(cf.arts.472 y sgtes.del CPCy C.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Fdo.: VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro