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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40586
Fecha: 2010-12-07
Carátula: TELECHEA Mercedes Leonor S/ Amparo
Descripción: acta y providencia-oficios-cedulas
En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, siendo las 8,30 hs. del día 07 de diciembre de 2010, comparece ante mi Secretaria Autorizante la Sra. MERCEDES LEONOR TELECHEA, DNI N° 21.387.212, argentina, divorciada, con domicilio real en Kennedy 2243 de General Roca, quien manifiesta que viene a presentar recurso de amparo contra la obra social IPROSS a favor de su padre Sr. RICARDO OSVALDO TELECHEA quien padece un ADENOMA de PROSTATA, que es tratado por el Dr. Keun Park, y que por ello debe realizar estudios especificos en Juan XXIII, que le han informado que como IPROSS se encuentra cortado deben abonar la suma de $ 700.- que su papá es jubilado y cobra la suma de $ 1.000.- mensual mas o menos por lo que resulta imposible asumir los costos.- Que dichos estudios son importantes para determinar el avance de la enfermedad, por cuanto hay valores en los estudios prostáticos que le dan alto, por ello la importancia de determinar el avance.- Eso tambien es importante para ver cuales son los pasos a seguir, si rayos o quimio.- Que ya esta medicado con una medicación que contiene morfina, por los dolores que padece, y tambien es diabetico, insulino dependiente y a su vez, tensión alta, lo que hace un cuadro complejo para determinar los pasos a seguir en cuanto al tratamiento terapeutico.- Que esta situación pone en serio riesgo la salud de su padre, por lo que promueve la presente acción de amparo.- En conclusión peticiona a merito de lo dispuesto por el art. 43 de la Constitucion Provincial se ordene a IPROSS a abonar el estudio correspondiente.- Acompaña documentación.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firma la compareciente por ante mi de lo que doy fe.-
En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, siendo las 11,35 hs. del dia 30 de abril de 2010, comparece ante mi Secretaria Autorizante la Sra. PATRICIA LEONOR ZACCAGNINI, D.N.I. N° 12.715.157, que exhibe en el acto, argentina, casada, docente, afiliada a Ipros n° 1-3-12715157/0 con domicilio real en Leandro Alem 238 de Allen, quien manifiesta que viene a presentar recurso de amparo contra IPROSS, a favor de su hijo PATRICIO EMILIANO SARTORE, AFILIADO n° 3-12715157/20 quien padece enfermedad de linfoma Hodgkin variante escleronodular CD 30, que por ello ha sido ordenado por el medico tratante Dr. Gustavo Taborda un estudio de tomografia por emision de positrones (PET) que se debe llevar a cabo en la ciudad de Buenos Aires en el Instituto IAMA, que dicho estudio ha sido autorizado por IPROSS y tiene turno para el día 05 de mayo de 2010, que lo unico que falta solucionar es quien va a asumir el pago de dicho estudio, pues no reclama ni traslado ni alojamientos en la ciudad de Buenos Aires que los asume por su cuenta, sino que necesita que asuman el pago del estudio en el Instituto IAMA.- De no realizarse este estudio se pueden ocasionar perjuicios irreparables en su salud, ya que se trata de una enfermedad complicada que debe ser tratada debidamente, caso contrario corre riesgo la vida de mi hijo.- Mi hijo ya ha hecho seis meses de quimio con doce aplicaciones y ahora depende de este estudio que se deba realizar otra practica medica, de acuerdo al resultado al resultado del mismo.- En razón de ello peticiona a merito de lo dispuesto por el art. 43 de la constitucion provincial se ordene a IPROSS el pago del estudio ya autorizado.- Acompaña documentación que avala sus dichos.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firma la compareciente por ante mi de lo que doy fe.-
General Roca, 07 de diciembre de 2010.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Atento las características procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.-
En consecuencia, conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial, requierase a IPROSS, un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista, el que deberá ser contestado en el plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO HORAS ( 48 HS.) asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantias de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza al instituto.-
En consecuencia líbrese oficio con adjunción de copia del acta y documentación.-
Notifíquese por cedula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta.- CUMPLASE POR SECRETARIA.-
IPROSS ademas del amplio informe requerido debera responder a los siguientes requerimientos en concreto.
1.- Si el paciente RICARDO OSVALDO TELECHEA, es afiliado a dicha obra social, bajo N° 1-1-7573730/0 y en su caso si su cobertura esta vigente.-
2.- Si hay antecedentes en dicha obra social que el mismo padece de ADENOMA DE PROSTATA, y se ha solicitado autorización para realizar un estudio Clinica Juan XXIII de General Roca, para determinar el avance de la enfermedad.-
3.- En su caso respuesta dada por la Obra Social.-
4.- Si se encuentra cortado el servicio de estudios de esa naturaleza y por ende el afiliado debe soportar su costo.-
5.- Situación en que se encuentran los afiliados frente al corte de servicios por parte de las clínicas.-
Asimismo librese oficio al Dr. Keun Park a fin de que informe:
1.- Si atiende al paciente RICARDO OSVALDO TELECHEA, en su caso diagnostico y tratamiento programado.-
2.- Si ha requerido la realización de un estudio especifico ante la Clinica Juan XXIII para determinar el avance de la enfermedad.-
3.- Importancia de dicho estudio en la evolución del paciente y en su caso consecuencia que puede traer aparejado la no realización del mismo.-
Asimismo librese oficio al Centro de Imagenes de la Clinica Juan XXIII a fin de que informe:
1.- Si atiende el paciente RICARDO OSVALDO TELECHEA, ha requerido la realización de un estudio para determinar el avance de su enfermedad.-
2.- En su caso respuesta dada respecto al costo de la misma.-
3.- Si se ha informado al paciente que el estudio debe ser soportado por el mismo ante el corte de servicios al IPROSS.-
4.- Costo del estudio requerido por el Sr. Ricardo Osvaldo Telechea.-
El oficio deberá ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
General Roca, 7 de diciembre de 2010.-
A la DELEGACION IPROSS
GENERAL ROCA
Oficio Nro. 2411-j3-10
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "TELECHEA Mercedes Leonor S/ Amparo" (Expte. 40586) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que en el término de 48 hs., brinde un amplio informe sobre la cuestion planteada por la amparista respecto del Sr. Ricardo Osvaldo TELECHEA (Afiliado 1-1-7573730/0). Además deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto:
1.- Si el paciente RICARDO OSVALDO TELECHEA, es afiliado a dicha obra social, bajo N° 1-1-7573730/0 y en su caso si su cobertura esta vigente.-
2.- Si hay antecedentes en dicha obra social que el mismo padece de ADENOMA DE PROSTATA, y se ha solicitado autorización para realizar un estudio Clinica Juan XXIII de General Roca, para determinar el avance de la enfermedad.-
3.- En su caso respuesta dada por la Obra Social.-
4.- Si se encuentra cortado el servicio de estudios de esa naturaleza y por ende el afiliado debe soportar su costo.-
5.- Situación en que se encuentran los afiliados frente al corte de servicios por parte de las clínicas.-
La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 07 de DICIEMBRE de 2010.- ... líbrese oficio a IPROSS... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Sin otro motivo, saludo atte.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 7 de diciembre de 2010.-
Al Dr. KEUN PARK
GENERAL ROCA
Oficio Nro. 2412-j3-10
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "TELECHEA Mercedes Leonor S/ Amparo" (Expte. 40586) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que INFORME en el término de 48 hs., :
1.- Si atiende al paciente RICARDO OSVALDO TELECHEA, en su caso diagnostico y tratamiento programado.-
2.- Si ha requerido la realización de un estudio especifico ante la Clinica Juan XXIII para determinar el avance de la enfermedad.-
3.- Importancia de dicho estudio en la evolución del paciente y en su caso consecuencia que puede traer aparejado la no realización del mismo.-
La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 07 de DICIEMBRE de 2010.- ... líbrese oficio a IPROSS... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Artículo 399.- Si por circunstancias atendibles el requerimiento no pudiere ser cumplido dentro del plazo, se deberá informar al Juzgado, antes del vencimiento de aquél, sobre las causas y fecha en que se cumplirá.Si el Juez advirtiere que determinada repartición pública sin causa justificada no cumple reiteradamente el deber de contestar oportunamente los informes, deberá poner el hecho en conocimiento del Ministerio de Gobierno, a los efectos que correspondan, sin perjuicio de las otras medidas a que hubiere lugar.A las entidades privadas que sin causa justificada no contestaren oportunamente, se les impondrá multa de hasta dos veces el monto del jornal mínimo, vital móvil por cada día de retardo. La apelación que se dedujere contra la respectiva resolución tramitará por expediente separado.
Sin otro motivo, saludo atte.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 7 de diciembre de 2010.-
Al Centro de Imagenes de la Clinica
JUAN XXIII
GENERAL ROCA
Oficio Nro. 2413-j3-10
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "TELECHEA Mercedes Leonor S/ Amparo" (Expte. 40586) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que INFORME en el término de 48 hs., :
1.- Si atiende el paciente RICARDO OSVALDO TELECHEA, ha requerido la realización de un estudio para determinar el avance de su enfermedad.-
2.- En su caso respuesta dada respecto al costo de la misma.-
3.- Si se ha informado al paciente que el estudio debe ser soportado por el mismo ante el corte de servicios al IPROSS.-
4.- Costo del estudio requerido por el Sr. Ricardo Osvaldo Telechea.-
La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 07 de DICIEMBRE de 2010.- ... líbrese oficio a IPROSS... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Artículo 399.- Si por circunstancias atendibles el requerimiento no pudiere ser cumplido dentro del plazo, se deberá informar al Juzgado, antes del vencimiento de aquél, sobre las causas y fecha en que se cumplirá.Si el Juez advirtiere que determinada repartición pública sin causa justificada no cumple reiteradamente el deber de contestar oportunamente los informes, deberá poner el hecho en conocimiento del Ministerio de Gobierno, a los efectos que correspondan, sin perjuicio de las otras medidas a que hubiere lugar.A las entidades privadas que sin causa justificada no contestaren oportunamente, se les impondrá multa de hasta dos veces el monto del jornal mínimo, vital móvil por cada día de retardo. La apelación que se dedujere contra la respectiva resolución tramitará por expediente separado.
Sin otro motivo, saludo atte.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA
Sr. FISCAL DE ESTADO de RIO NEGRO
ALVARO BARROS 328
VIEDMA (Rio Negro)
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "TELECHEA Mercedes Leonor S/ Amparo" (Expte. N* 40586) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca,07 de diciembre de 2010 ... Notifiquese por cedula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta...Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos- Juez":-
Se deja constancia que se adjunta la copia del acta que se menciona.-
La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *******************************************************************
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, 07 de diciembre de 2010 .-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
DIRECCION DE FISCAL DE ESTADO: 25 DE MAYO 565-1º PISO
CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA
Sr. GOBERNADOR de la PCIA. RIO NEGRO
LAPRIDA 212
VIEDMA (Rio Negro)
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "TELECHEA Mercedes Leonor S/ Amparo" (Expte. N* 40586) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en Avenida Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca,07 de diciembre de 2010 ... Notifiquese por cedula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta...Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos- Juez":-
Se deja constancia que se adjunta la copia del acta que se menciona.-
La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *******************************************************************
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, 07 de diciembre de 2010 .-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro