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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0292/2007
Fecha: 2010-12-06
Carátula: VALDEZ RUBEN HORACIO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO
Descripción: no hace lugar
EXPTE. N° 0292/2007
CARATULA: VALDEZ RUBEN HORACIO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO
Viedma, diciembre de 2010.-
A lo peticionado no ha lugar por improcedente.-
Sin perjuicio de ello, teniendo en cuenta lo informado a fs. 156/158, hágase saber a la demandada que deberá proceder a devolver las actuaciones conforme le fuera requerido a fs. 157, ello teniendo en cuenta que las mismas han sido ofrecidas como prueba por ambas partes y se encuentra pendiente de producción.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro