Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0573/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2010-12-06

Carátula: OJEDA CARLOS EDUARDO ORFILIO C/ OJEDA ANGEL FABIAN Y OTROS S/ IMPUGNACION DE PATERNIDAD - FILIACION

Descripción: oficio

PODER JUDICIAL

PROVINCIA DE RIO NEGRO

Viedma, diciembre de 2.010.-

Al sr. Representante Técnico del

Servicio de Huellas Digitales Genéticas

Dr. Daniel Corach

Facultad de Farmacia y Bioquímica

de la Universidad de Buenos Aires

Junín n° 956 7mo piso - CAPITAL FEDERAL

OFICIO N° ________/10.-

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en autos caratulados: ¨OJEDA CARLOS EDUARDO ORFILIO C/ OJEDA ANGEL FABIAN Y OTROS S/ IMPUGNACION DE PATERNIDAD - FILIACION¨ (Expte. Nº 0573/2008), que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a mi cargo, Secretaría Unica a cargo de la Dra Ana Carolina Scoccia, sito en Laprida n° 292 de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro, a efectos de librar oficio ampliatorio del nº 3063/10 haciendose constar que el vínculo que se pretende probar entre las muestras cadavéricas de Carlos Muniagurria y las muestras sanguíneas obrantes en ese servicio correspondientes a Carlos Eduardo Orfilio Ojeda (DNI nº 21.618.082) es de padre e hijo.-

El auto que ordena el presente en su parte pertinente dice: "Viedma, diciembre de 2010.- Advirtiendo en este estado que en el oficio nº 3063/10 no ha sido consignado el vínculo que se pretende probar entre las muestras cadavéricas de Carlos Muniagurria y las muestras sanguíneas obrantes en ese servicio correspondientes a Carlos Eduardo Orfilio Ojeda (DNI nº 21.618.082), líbrese oficio ampliatorio vía fax al Servicio de Huellas Digitales, a cargo del Dr. Daniel Corach, Facultad de Farmacia y Bioquímica, Universidad de Buenos Aires, haciéndose constar que dicho vínculo es de padre e hijo.-Fdo.: Dra. Rosana Calvetti - Juez".-

Sin otro particular, saludamos a Ud. muy atentamente.-

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro