Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33442III

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-12

Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/SEGURA José S/ Ejecutivo (Reconstrucción)

Descripción: subasta automotor

General Roca, 12 de diciembre de 2.005.-

De conformidad con lo pedido y dispuesto en los arts. 573 y siguientes del Código Procesal, decrétase la venta en pública subasta del 50% indiviso del automotor dominio R-0053435, sin base y al contado. Desígnase martillero al Sr. Francisco Castañeda quien previa aceptación del cargo por ante el actuario, dentro del tercer día de notificado, bajo apercibimiento de remoción, procederá a llevar adelante su cometido, ajustándose a las disposiciones legales pertinentes. Póngaselo en posesión de los bienes, librándose mandamiento de secuestro al solo efecto de la verificación, el que será diligenciado por el martillero en el caracter de oficial de justicia “ad hoc”, debiendo rendir cuentas de su cometido en el término de tres días. Publíquense edictos por DOS días en el Boletín Oficial y Diario Río Negro, debiendo cumplirse con lo dispuesto por el art. 4* de la Resolución General N* 745/99 de la AFIP -identificar el CUIT o N* y tipo de documento de todos los sujetos intervinientes. Comisión de práctica. Seña 30%. Venta sujeta a aprobación judicial.-

Cúmplase con la notificación ordenada a fs. 78.-

Se hace saber al martillero que previo a la subasta deberá verificar Nro. de Chasis y motor por ante la autoridad policial correspondiente a quien se oficiará.-

Autorízase al actor a compensar en el acto de subasta, con su crèdito, el monto de seña y hasta el importe de la suma menor.-

Notifíquese al martillero y expídase testimonio.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro