Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0762/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-12-03

Carátula: RODRIGUEZ JOSE ELOY, RODRIGUEZ ELOY Y GIMENEZ ANGELA S/ SUCESION

Descripción: ACUMULA-certifica

EXPTE. N° 0762/2009

CARATULA: RODRIGUEZ JOSE ELOY, RODRIGUEZ ELOY Y GIMENEZ ANGELA S/ SUCESION

Viedma, diciembre de 2010.-

Por presentada, parte y domiciliada.-

Atento lo expuesto, razones invocadas, teniendo en cuenta el estado de ambas sucesiones y toda vez que se trata de una única heredera, por razones de economía procesal, acumúlense ambas sucesiones, debiendo agregarse el Expte. nº 368/2010 al sucesorio de Jose Eloy Rodriguez (Expte. nº 762/2009), por cuanto este último se encuentra en un estado más avanzado. Recaratúlense, refóliense y déjase debida constancia en el Libro de Ingresos.-

Atento lo peticionado y el estado de las presentes actuaciones, certifique la Actuaria sobre el vencimiento del término de la publicación de edictos y su resultado. Fecho vuelvan.-

Rosana Calvetti

Juez

Señora Juez:

Certifico que el término de la publicación de edictos se encuentra vencido y que se han presentado en autos como herederos de los causantes: sus hijos Eloy Rodriguez Jimenez y Carmen Rodriguez Jimenez, quienes acreditan su vocación hereditaria con las partidas de nacimiento obrantes a fs. 83/84 y 81/82, respectivamente. Conste.-

Secretaría, diciembre de 2.010.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

Viedma, diciembre de 2.010.-

Atento la certificación que antecede y el pedido de declaratoria de herederos, córrase vista a la Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal.-

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Poder Judicial de Río Negro