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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37811
Fecha: 2010-12-03
Carátula: MARTINEZ Raul y otros c/SANDOVAL Mario Alberto y otro S/ Sumario
Descripción: Orden pago y amp. embargo
//neral Roca, 03 de Diciembre de 2010.-
Téngase presente.-
Siendo exacto lo manifestado, déjese sin efecto la orden de transferencia y pago ordenado a fs. 657 - Nro. 13967, anúlese y agréguese el mismo, sin diligenciar.-
En consecuencia, al punto 1, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. Sucursal General Roca, a fin de que proceda a abonar de la cuenta de autos N° 220021236 a LIDIA JORQUERA (DNI 17.117.869) la suma de $ 28.459,90 en concepto de: honorarios regulados a los Dres. Planchart y Lopez Meyer a fs. 602 -acrecidos y complementarios- ($22.428,68), más IVA proporcional $ 4.710,02, más $ 1.769,77 por reintegro total de 5% de Caja Forense sobre todos los honorarios regulados a fs. 602, menos el aporte proporcional de Ingresos Brutos $ 448,57); y a su vez transfiera de la cuenta de autos a la cuenta de DIRECCION GRAL. RENTAS la suma de $448,57 en concepto de Ingresos Brutos de la Sociedad Civil Estudio Jurídico Etcheverry.-
Al punto 2, atento lo peticionado, amplíase la ejecución contra la Provincia de Rio Negro y trábese embargo sobre las cuentas que posee la ejecutada en el Banco Patagonia S.A. por las sumas de $ 14.648,83 que se reclaman en concepto de capital con mas la de $ 7.000.- que se presuponen para costas.-
Hágase saber que el embargo ordenado precedentemente no podrá superar el 20% de los fondos depositados.- ( art. 55 C.P.).-
Dichos montos deberán ser transferidos a la cuenta de autos y a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia S.A. Sucursal General Roca.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro