Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 24347III

N° Receptoría:

Fecha: 2010-12-03

Carátula: COLONOS RINCON DE LAS PERLAS c/PCIA. RIO NEGRO S/ Sumario

Descripción: Regulacion PERITO-a cedula

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CEDULA DE NOTIFICACION

Sres. COLONOS DE RINCON DE LAS PERLAS

Dres. SANTIAGO ANTONIO HERNANDEZ, OSCAR PABLO HERNANDEZ, VERONICA HERNANDEZ

DOMICILIO: ESPAÑA 1759 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "COLONOS DE RINCON DE LAS PERLAS C/PROVINCIA DE RIO NEGRO S/SUMARIO (Expte. 24.347-III-90) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 09 de abril de 2010.- VISTOS....RESUELVO:..Notifíquese ... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-" y //neral Roca, 12 de abril de 2010. VISTOS....LO QUE ASI RESUELVO. Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos. JUEZ.

Se acompaña copia de la sentencia interlocutoria de fs. 344 y aclaratoria de fs. 345*********

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 03 de DICIEMBRE de 2010.=

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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CEDULA DE NOTIFICACION

Sres. PROVINCIA DE RIO NEGRO

Dr. RAUL E. BIDART

DOMICILIO: ESPAÑA 1119 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "COLONOS DE RINCON DE LAS PERLAS C/PROVINCIA DE RIO NEGRO S/SUMARIO (Expte. 24.347-III-90) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 09 de abril de 2010.- VISTOS....RESUELVO:..Notifíquese ... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-" y //neral Roca, 12 de abril de 2010. VISTOS....LO QUE ASI RESUELVO. Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos. JUEZ.

Se acompaña copia de la sentencia interlocutoria de fs. 344 y aclaratoria de fs. 345*********

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 03 de DICIEMBRE de 2010.=

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 03 de DICIEMBRE de 2010.=

Sin perjuicio de que la resolución de fs. 344/5 no se encuentra debidamente notificada y en la misma se difiere la regulación de honorarios hasta tanto se estime el monto base, por la tarea desarrollada a fs. 287/9, regúlanse los honorarios del perito contador Horacio Julio Muñecas en la suma de $ 5.000.- además de los complementarios que oportunamente se determinen con el monto definitivo.

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7 ley 2212 RN).

Fijo en favor del Consejo Profesional de Ciencias Económicas la suma de $ 250 .-

Notifíquese a las partes y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro