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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 24741IV
Fecha: 2010-12-02
Carátula: FUENTES FUENTES Emilio y SIERRA SANCHEZ Juana s/Sucesión S/ Reconstrucción
Descripción: REGULACION
//neral Roca, 02 de DICIEMBRE de 2010.=
Agréguese y téngase presente.
Por la tercer etapa regulo los honorarios de la Dra. Norma Capo en la suma de $ 1550.- y los del Dr. Norberto Hidalgo en $ 1550.- a cargo del heredero (M.B. $ 122.909 -inventarios y avaluos de fs. 51, 72) .-
El monto base se fija de acuerdo a los argumentos expuestos por la Cámara de Apelaciones Civil en autos caratulados "Borbalás Antonio y Merlo Secundina s/ Sucesiones" Se.307, 26/07/00.- publicada en J.C.t.20, págs. 51/2.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro