Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1143/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-12-01

Carátula: MANASO S.R.L. S/ PROPIA QUIEBRA S/ OFICIO

Descripción: oficio

Viedma, diciembre de 2010.-

Al

Registro de la Propiedad Inmueble

de la Provincia de Río Negro

SU DESPACHO

OFICIO N°

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en autos caratulados: MANASO S.R.L. S/ PROPIA QUIEBRA S/ OFICIO (Expte. Nº 1143/2010), los que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaria única, cuyos autos principales tramitan por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 10 a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, Secretaría Nº 19 de la Dra. María José Gigy Traynor, sito en Callao 635, planta baja, de Capital Federal, a fin de solicitarle proceda a anotar inhibición general de bienes a nombre de la fallida "MANASO S.R.L.", CUIT 30-70868174-8, inscripta en la I.G.J. con fecha 17 de septiembre de 2003 bajo el número 8236 del Libro 118 de SRL, con domicilio legal en calle Thames 2176, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

Se hace constar que no corresponde oblar arancel alguno (conf. art. 273 L.C.).-

El auto que ordena el presente en su parte pertinente dice: Viedma, diciembre de 2.010.-Por recibido. Sin perjuicio de la Jurisdicción del Juzgado, dése cumplimiento a la presente rogatoria, a cuyo fin procédase a anotar inhibición general de bienes a nombre de la fallida "MANASO S.R.L.", CUIT 30-70868174-8, inscripta en la I.G.J. con fecha 17 de septiembre de 2003 bajo el número 8236 del Libro 118 de SRL, con domicilio legal en calle Thames 2176, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cuyo fin líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Río Negro.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez.-

Saludo a Ud. atentamente.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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