Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0251/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-09

Carátula: ABALLAY MARTIN DANIEL S/ AMPARO

Descripción: prov

EXPTE. N° 0251/2005

CARATULA: ABALLAY MARTIN DANIEL S/ AMPARO

Viedma, diciembre de 2005.-

Agréguese la documental acompañada.-

Atento la naturaleza de las presentes actuaciones, de lo manifestado y peticionado córrase traslado a la Obra Social Bancaria Argentina por el término de 48 horas. Notifíquese.-

Asimismo y atento el incumplimiento denunciado, intímase a la Obra Social Bancaria Argentina a dar inmediato y estricto cumplimiento con lo dispuesto en la sentencia dictada bajo apercibimiento de desobediencia judicial y de aplicar en concepto de astreintes (conf. art. 37 del C. Pr.) $ 500 diarios por día de incumplimiento a favor del peticionante, el que será diligenciado por el Oficial de Justicia y entregado en forma personal al titular del Organismo o persona autorizada a tal efecto.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro