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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0251/2005
Fecha: 2005-12-09
Carátula: ABALLAY MARTIN DANIEL S/ AMPARO
Descripción: prov
EXPTE. N° 0251/2005
CARATULA: ABALLAY MARTIN DANIEL S/ AMPARO
Viedma, diciembre de 2005.-
Agréguese la documental acompañada.-
Atento la naturaleza de las presentes actuaciones, de lo manifestado y peticionado córrase traslado a la Obra Social Bancaria Argentina por el término de 48 horas. Notifíquese.-
Asimismo y atento el incumplimiento denunciado, intímase a la Obra Social Bancaria Argentina a dar inmediato y estricto cumplimiento con lo dispuesto en la sentencia dictada bajo apercibimiento de desobediencia judicial y de aplicar en concepto de astreintes (conf. art. 37 del C. Pr.) $ 500 diarios por día de incumplimiento a favor del peticionante, el que será diligenciado por el Oficial de Justicia y entregado en forma personal al titular del Organismo o persona autorizada a tal efecto.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro