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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0575/2008
Fecha: 2010-11-25
Carátula: SANDOVAL COFRE ANGEL MARIA Y OTROS C/ PORTONE RUBEN RENE Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: CEDULA SECRETARIA
PROVINCIA DE RIO NEGRO
PODER JUDICIAL
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C E D U L A
Señor: Rubén Portone y Gabriel Bottari
Domicilio: 9 de Mayo 463 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "SANDOVAL COFRE ANGEL MARIA Y OTROS C/ PORTONE RUBEN RENE Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS) ", Expte. Nº 0575/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, noviembre de 2.010.-Proveyendo a fs. 530/533:Agréguese.-Al escrito de fs. 534:Atento lo peticionado, constancias de autos y sin perjuicio de las diposiciones contenidas en el art. 384 del C.Pr., teniendo en cuenta que la prueba informativa ordenada al Juzgado de Paz de San Antonio ha sido solicitada por ambas partes en idéntica forma y habiendo sido ya incorporada la de la demandada, por razones de economía procesal, resulta innecesaria su realización por la actora, dándosela por producida con la ya agregada.-A los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 22 de marzo de 2.011 a las 9.30 horas, a la que deberán comparecer a absolver posiciones los demandados Dres. Rubén René Portone y Gabriel Alejandro Bottari y a prestar declaración testimonial por la parte actora los sres. Mauricio Cenere, Jorge Armando Miguel, Atilio Javier Saieg y Oscar Manuel Gattoni, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 29 de marzo de 2.011 a las 11,00 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.-Notifíquese a las partes por Secretaría la presente providencia, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.-Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de noviembre de 2010.-
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Poder Judicial de Río Negro