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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0590/2008
Fecha: 2010-11-25
Carátula: GALLARDON GERARDO ALBERTO Y OTROS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - ORDINARIOS- AUTOS PARA ALEGAR
EXPTE. Nº 0590/2008.-
CARATULA: GALLARDON GERARDO ALBERTO Y OTROS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO.-
C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 390 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PRUEBA ACTORA
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
PERICIA CONTABLE: informe pericial obrante a fs. 342/352. Observada por la demandada a fs. 356/370, contesta perito a fs. 373.-
PRUEBA DEMANDADA:
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INFORMATIVA: al Banco Hipotecario S.A., con sede en Buenos Aires, declarada su negligencia a fs. 390.-
PERICIA CONTABLE: informe pericial obrante a fs. 342/352. Observada por la demandada a fs. 356/370, contesta perito a fs. 373.-
SECRETARIA, noviembre de 2.010.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
Viedma, noviembre de 2.010.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del CPCC.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro