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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 25391III
Fecha: 2010-11-25
Carátula: CUMELEN S.A. S/ Quiebra
Descripción: Providencia///resolucion a protocolo
General Roca, 25 de noviembre de 2010.-
Proveyendo a fs. 1657, atento la naturaleza del proceso y el estado de autos al préstamo solicitado no ha lugar.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 25 de noviembre de 2010.-
AUTOS Y VISTOS: Para resolver en estos autos “CUMELEN S.A. S/ Quiebra” (Expte. N* 25391-III-92).-
Agréguese el proyecto de distribución efectuado y póngase el mismo a disposición de los interesados.-
Publíquense edictos por el término de DOS días en el Boletín Oficial y Diario Río Negro.-
Regulo los honorarios profesionales del Síndico Cr. Carlos E. Zarasola en la suma de $ 7.500.- (arts. 218, 265 inc.4, y 267 de la ley de Concursos y quiebras) MB: $ 81.500.-(fs. 1619 $ 23.000.- fs. 1620 $ 29.500 y 1621 $ 29.000) .
En la merituación de los honorarios se toma en cuenta que la tarea esencial de investigación y determinación de los bienes que restaban liquidar, derivó de la tarea del Tribunal a partir de fs.1494, evaluando dicha circunstacia para la estimación (resoluciones de fs.1494 y 1582).-
Fijo la suma de $ 375.- en favor del Consejo de Ciencias Económicas.-
Notifíquese al Consejo de Ciencias Económicas.-
Cúmplase con el depósito que prevé el mencionado consejo profesional.-
Firme la presente y en virtud de lo dispuesto por el art. 272 de la LCQ, elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones con atenta nota de estilo.-
TODO LO QUE ASÍ RESUELVO.- Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro