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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0083/2008
Fecha: 2010-11-24
Carátula: SKLIAR HUGO ALBERTO C/ SCHAMBER NANCY ESTELA S/ EJECUTIVO
Descripción: no ha lugar- debe denunciar nuevo domilio-
EXPTE. Nº 0083/2008
CARATULA: SKLIAR HUGO ALBERTO C/ SCHAMBER NANCY ESTELA S/ EJECUTIVO
Viedma, noviembre de 2.010.-
Teniendo en cuenta que la sentencia monitoria debe notificarse en el domicilio real (conf. art. 490 del C.Pr.), a lo peticionado no ha lugar, debiendo en su caso denunciar nuevo domicilio o producir la correspondiente información sumaria.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro