Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0083/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2010-11-24

Carátula: SKLIAR HUGO ALBERTO C/ SCHAMBER NANCY ESTELA S/ EJECUTIVO

Descripción: no ha lugar- debe denunciar nuevo domilio-

EXPTE. Nº 0083/2008

CARATULA: SKLIAR HUGO ALBERTO C/ SCHAMBER NANCY ESTELA S/ EJECUTIVO

Viedma, noviembre de 2.010.-

Teniendo en cuenta que la sentencia monitoria debe notificarse en el domicilio real (conf. art. 490 del C.Pr.), a lo peticionado no ha lugar, debiendo en su caso denunciar nuevo domicilio o producir la correspondiente información sumaria.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro