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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0347/2007
Fecha: 2010-11-24
Carátula: COOPERATIVA AGRICOLA, GANADERA E INDUSTRIAL DE PATAGONES Y VIEDMA LIMITADA C/ COOPERATIVA DE TRABAJO VALLE INFERIOR (COTRAVI) S/ EJECUTIVO
Descripción: no se hace lugar - se mantiene providencia-llama autos
EXPTE. No. 0347/2007
CARATULA: COOPERATIVA AGRICOLA, GANADERA E INDUSTRIAL DE PATAGONES Y VIEDMA LIMITADA C/ COOPERATIVA DE TRABAJO VALLE INFERIOR (COTRAVI) S/ EJECUTIVO
Viedma, noviembre de 2.010.-
Al escrito de fs. 46/47:
Por interpuesto recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la providencia de fs. 45.-
Atento el estado de autos y toda vez que los argumentos vertidos por el recurrente a fs. 46/47 no conmueven los tenidos en cuenta para el dictado de la providencia obrante a fs. 45, por cuanto disponer en contrario alteraría los principios de bilateralidad y defensa en juicio, a la revocatoria interpuesta no ha lugar, manteniéndose en todos sus términos la providencia atacada.-
Por similares razones y no dándose los supuestos del art. 242, inc. 3 C.Pr., a la apelación interpuesta subsidiariamente, no ha lugar.-
Proveyendo a fs. 50:
Agréguese.-
Por contestado el traslado conferido a fs. 45.-
Atento el estado de las presentes actuaciones llámase autos para resolver.-
A lo demás, oportunamente si correspondiere.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro