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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0222/2010
Fecha: 2010-11-23
Carátula: MUÑOZ CLAUDIA ANDREA C/ BERARD ALEJANDRO DOMINGO S/ ALIMENTOS S/ INCIDENTE DE AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: EMBARGO EN CTAS. BANCOS
EXPTE. Nº : 0222/2010.-
CARATULA: MUÑOZ CLAUDIA ANDREA C/ BERARD ALEJANDRO DOMINGO S/ ALIMENTOS S/ INCIDENTE DE AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA S/ EJECUCION DE HONORARIOS.-
Viedma, noviembre de 2.010.-
Agréguese.-
Atento lo solicitado y atento lo que surge del informe obrante a fs. 45, trábese embargo sobre las sumas de dinero que el accionado tenga o tuviere en cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos, transferencias, giros y/o cualquier otro concepto en el Banco Patagonia S.A., hasta cubrir la suma de $ 463,89 en concepto de saldo de honorarios, con más la suma de $ 50 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. A tal fin líbrese oficio a la entidad bancaria mencionada, haciéndose saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos, en el Banco Patagonia S.A. -sucursal Viedma-.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro