Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0833/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2010-11-19

Carátula: ALVAREZ REYNOLDS MATIAS MARCELO Y OTRO C/ ARAMBURU VIRGILIO NORBERTO Y OTRO S/ ORDINARIO

Descripción: no hace lugar perito

EXPTE. Nº 0833/2008

CARATULA: ALVAREZ REYNOLDS MATIAS MARCELO Y OTRO C/ ARAMBURU VIRGILIO NORBERTO Y OTRO S/ ORDINARIO

Viedma, noviembre de 2010.-

A los escritos de fs. 347 y 348:

Atento la oposición formulada a la designación del perito propuesto no ha lugar.-

En su caso, teniendo en cuenta las disposiciones del art. 462 del C.Pr., y no habiendo perito veterinario inscripto en los listados oficiales, hágase saber a la parte que solicitara la pericia que deberá proponer perito.-

Con relación al desinterés en la pericia, estése a lo ya dispuesto a fs. 217.-

Rosana Calvetti

Juez

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