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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38391
Fecha: 2010-11-19
Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS c/VILLANUEVA Rodolfo Mario s/sucesion S/ Ejecutivo
Descripción: acrecidos
General Roca, 19 de noviembre de 2010s.-
Téngase presente lo manifestado.-
Correspondiendo regular honorarios por acrecidos cuando se ha percibido la suma pactada y por tanto tener en cuenta la base de $242.816,69.- que indica, aclare su petición previo a evaluar la tarea cumplida en la etapa de ejecución (arts. 6, 6 bis, 7 y 40 ley 2212 R.N.).-
Asimismo regulo los honorarios profesionales del martillero Eduardo Daniel Vannicola en la suma de $ 1.000.-, teniendo en cuenta que no ha realizado tarea de secuestro a fs.59 ( Ley 2051, art. 31)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla .
Notifíquese.-
Suspéndase la tramitación del presente expediente.-
Téngase presente la reserva formulada en el punto 3.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro