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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1118/00/5
Fecha: 2005-12-07
Carátula: MALPELI JORGE MARINO S/ SUCESION S/ RECONSTRUCCION
Descripción: homologa honorarios
EXPTE. N° 1118/00/5
CARATULA: MALPELI JORGE MARINO S/ SUCESION S/ RECONSTRUCCION
Viedma, diciembre de 2005.-
Tiénese presente la conformidad expresada por la Caja Forense.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta lo que surge del acta de fs. 142, homológase el acuerdo allí arribado, quedando establecidos los honorarios de los Dres. Luis Fernando Prieto Taberner y José Alberto Aphal, en la suma de $ 24.000, correspondiendo a cada uno la suma de $ 12.000, monto comprensivo de la totalidad de las tareas realizadas en autos en representación de la sra. Nilda Ofelia Vera (conf. fs. 110). Notifíquese y dése cumplimiento con la ley 869.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro