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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 21309III
Fecha: 2010-11-17
Carátula: ROMEO S.A. S/ Concurso Preventivo
Descripción: oficio
General Roca, 17 de noviembre de 2010. -
Ministerio del Interior
Dirección Nacional de Migraciones
Paso Fronterizo: Aeropuerto de Ezeiza
S / D
Oficio N° 2207 -III-10
Me dirijo a Ud. a fin de solicitarle en los autos caratulados: “ROMEO S.A. S/CONCURSO PREVENTIVO" (21309-III-87), que tramitan por ante el Juzgado Civil III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Única, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en San Luis 853, 2° piso, de General Roca, a fin de hacerle saber que deberá levantar la prohibición de salir del país, inhibiciones y prohibiciones personales respecto de los directivos de la sociedad concursada.-
La resolución que lo ordena dice://- General Roca, 23 de octubre de 2008.- RESUELVO: Hacer lugar a lo solicitado por la concursada ROMEO S.A. y en su consecuencia declarar la prescripción de las deudas que surjan del acuerdo homologado a fs.1181 con fecha 14/03/88, por haber transcurrido el plazo de DIEZ años.-Atento lo expuesto, ordenar la conclusión del presente proceso de concurso preventivo de ROMEO S.A. y en su consecuencia librar oficios a los Registros de Juicios Universales, Propiedad Inmueble y del Automotor para efectuar las inscripciones correspondientes y levantar las medidas cautelares que puedan subsistir de las ordenadas en autos.-Librar oficio asimismo, a los demás organismos que correspondan a fin de que procedan a levantar las inhibiciones y prohibiciones personales respecto de los directivos de la sociedad concursada. Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.
Datos personales: José Romeo, PTE. 7.390.239M, argentino, fecha de nacimiento: 20/11/1935, Domicilio real o legal: José M Paz N° 24 1er P. Paraná Pcia de Entre Ríos.-
Sin otro particular saluda a ud. atentamente.-
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Poder Judicial de Río Negro