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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38478
Fecha: 2010-11-16
Carátula: INGUSCI Pascual S/ Sucesión (Ex 542-XVI-08)
Descripción: previo inscripción
General Roca, 16 de noviembre de 2010.s-
Apruébase en cuanto ha lugar por derecho la cesión realizada a fs. 87/9 por José Ingusci y Piera María Antonia Ingusci a favor de Ana María Ingusci, respecto del inmueble DC 17-1-N864A05.-
Apruébase en cuanto ha lugar por derecho la cesión realizada a fs. 90/1 por José y Ana María ambos de apellido Ingusci, a favor de Piera María Antonia Ingusci respecto del automotor dominio TEI 625.-
Previo a ordenar los oficios de inscripción, atento el tiempo transcurrido deberá acompañarse condiciones de dominio, gravamenes y libres deudas del inmueble detallados a fs. 61 y del automotor TEI 625, y certificado de inhibiciones del causante, debidamente actualizados.- .-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro