Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0394/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-11-15

Carátula: MIGUEL DE LASSALLE ANGELA C/ LASSALLE Y ECHEVERRIA PEDRO Y OTROS S/ USUCAPION

Descripción: PROVEE PRUEBA - FIJA AUDIENCIA ART. 368 DEL C.PR.

EXPTE. Nº 0394/2009

AUTOS: MIGUEL DE LASSALLE ANGELA C/ LASSALLE Y ECHEVERRIA PEDRO Y OTROS S/ USUCAPION

Viedma, noviembre de 2.010.-

Atento al estado de autos, el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C.Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 108, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:

PRUEBA ACTORA:

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

INFORMATIVA: Líbrense oficios a: 1) Municipalidad de San Antonio Oeste, a fin de que informe: a) si en calle Belgrano 1225 hay alguna habilitación comercial otorgada por ese organismo. Asimismo, informe si en años anteriores la ha habido, y en caso afirmativo, en qué períodos y a nombre de quién. b) si a nombre de la actora se encuentra celebrado algún convenio de pago relativo a la obra de asfalto y de cloacas, en caso afirmativo, para que informe fecha de celebración de los mismos, y cumplimiento. 2) Edersa, Empresa de Energía Sucursal San Antonio Oeste, a fin de que se sirva informar quien es el titular del servicio de energía eléctrica del inmueble nombrado. 3) Aguas Rionegrinas, sucursal San Antonio Oeste, a fin de que ser sirva informar quién es el titular del servicio de agua corriente del inmueble nombrado. 4) comercio SAOMAT de Flehr Hnos., para que informe si en los últimos 20 años ha proveído de materiales de construcción a la actora, y en caso afirmativo qué materiales y con destino a qué obra. 5) comercio "Todo Suelto" de Graciela Cortez, para que informe quién es locador del salón donde se ubica dicho comercio. Asimismo, y en caso de ser posible acompañe copia del contrato de locación. 6) Telefónica de Argentina, para que informe quién es el titular de la línea telefónica correspondiente al número 02934-421589, y a qué domicilio corresponde. Asimismo, y en caso de ser posible, informe desde qué año consta en los registros la habilitación de dicha línea telefónica.-

INSPECCION OCULAR: La misma será llevada a cabo por el Juzgado de Paz de San Antonio Oeste, quien deberá realizar la inspección del inmueble objeto de la litis, detallar el estado de ocupación y las mejoras existentes en el lugar, como así también todo otro dato de interés vinculado a la misma. A cuyo fín, líbrese el correspondiente oficio.-

PRUEBA DEMANDADA:

INSPECCION OCULAR: Estése a lo dispuesto en la prueba de la parte actora.-

A los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 03 de marzo de 2.011 a las 9:30 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial por la parte actora: Sres. Adolfo Benito Urcera, Elba Nelly Sosa, Ernesto Urcera, Lidia Justina Pazos, Omar Karam, María karam, Ernesto Perrone y Olga Alvarez, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 08 de marzo de 2.011 a las 10:00 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.-

Notifíquese a las partes por Secretaría la presente providencia, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.-

Para un mejor ordenamiento procesal, fórmese segundo cuerpo a partir de la fs. 109.-

a.p.

Rosana Calvetti

Juez

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