Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38084

N° Receptoría:

Fecha: 2010-11-15

Carátula: MARTINEZ Adrian Carlos c/MARTINEZ Miguel Angel y Otros S/ Ordinario

Descripción: providencia apelaciones

General Roca, 15 de noviembre de 2010.-

Proveyendo a fs. 389: I.- Téngase presente la notificación formulada.-

II.- Concédese libremente la apelación deducida.-

Oportunamente elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones.-

III.- Sin desconocer que la sentencia, aún recurrida, puede dar lugar a la solicitud de embargo preventivo, atento la naturaleza del bien ofrecido a embargo, cuentas bancarias, a lo solicitado no ha lugar.-

Se hace saber al presentante que dicha medida se entiende como embargo ejecutorio y no preventivo.-

Proveyendo a fs. 390: Concédese la apelación arancelaria interpuesta por bajos.-

Otro si digo: Concédese la apelación arancelaria interpuesta por altos.-

Oportunamente elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones.-

Proveyendo a fs. 391: Concédese la apelación arancelaria interpuesta.-

Oportunamente elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones.-

Proveyendo a fs. 392: Concédese la apelación arancelaria interpuesta.-

Oportunamente elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro