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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38084
Fecha: 2010-11-15
Carátula: MARTINEZ Adrian Carlos c/MARTINEZ Miguel Angel y Otros S/ Ordinario
Descripción: providencia apelaciones
General Roca, 15 de noviembre de 2010.-
Proveyendo a fs. 389: I.- Téngase presente la notificación formulada.-
II.- Concédese libremente la apelación deducida.-
Oportunamente elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones.-
III.- Sin desconocer que la sentencia, aún recurrida, puede dar lugar a la solicitud de embargo preventivo, atento la naturaleza del bien ofrecido a embargo, cuentas bancarias, a lo solicitado no ha lugar.-
Se hace saber al presentante que dicha medida se entiende como embargo ejecutorio y no preventivo.-
Proveyendo a fs. 390: Concédese la apelación arancelaria interpuesta por bajos.-
Otro si digo: Concédese la apelación arancelaria interpuesta por altos.-
Oportunamente elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones.-
Proveyendo a fs. 391: Concédese la apelación arancelaria interpuesta.-
Oportunamente elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones.-
Proveyendo a fs. 392: Concédese la apelación arancelaria interpuesta.-
Oportunamente elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro