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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33414III
Fecha: 2005-12-07
Carátula: CREDIL S.R.L. c/AMUCH Jose Miguel S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena oficio ampliatorio-
//neral Roca, 07 de Diciembre de 2005.-
Líbrese nuevo oficio a los mismos fines que el ordenado a fs.114 el que deberá ser contestado directamente al Tribunal en el plazo de CINCO todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del CPC el que deberá ser transcripto.-
Sin perjuicio de lo ordenado, líbrese oficio al BANCO PATAGONIA SA sucursal local a fin de que informe el saldo existente en la cuenta judicial de autos.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro