Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40482

N° Receptoría:

Fecha: 2010-11-09

Carátula: GOMEZ Luz Marina S/ Amparo

Descripción: Oficios

General Roca, 08 de noviembre de 2010.-

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA de la

PROVINCIA DE RIO NEGRO

Oficio Nro. 2300

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "GOMEZ Luz Marina S/ Amparo" (Expte. 40482) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que brinde un amplio informe sobre la situación de la paciente LUZ MARINA GOMEZ (DNI 93.121.887), el que deberá ser contestado en el plazo de 48 horas.- Además deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto:

1) si hay antecedentes del pedido de derivación realizado por el Hospital de Allen, respecto de la paciente Luz Marina Gómez DNI 93.121.887.------------

2) En caso afirmativo cual fue la respuestada dada a dicha solicitud.---------

3). Si el Hospital de Allen cuenta con la complejidad necesaria para llevar a cabo una intervención quirúrgica artroscópica.---------------------------------------

4) Si la Cra. Maria Marban tuvo conocimiento de los antecedentes de la paciente Luz Marina Gómez, y en su caso, motivo por los cuales frente a dos pedidos de derivación a un centro de mayor complejidad el Hospital de Allen no obtuvo respuesta.--------------------------------------------------------------------------

5) Si tiene conocimiento del costo posible de una intervención quirúrgica de esa naturaleza en una paciente con riesgo grado II, según la evaluación cardiológica, y en su caso si el Hospital de Allen cuenta con presupuesto para asumirla.-----------------------------------------------------------------------------------

6) En caso que por razones presupuestarias el Hospital de Allen no pueda asumir el costo de dicha intervención, quien debe soportar el costo de la misma.--------------------------------------------------------------------------------------------

7) Centros de Salud de la Provincia de Rio Negro en los cuales se puede llevar a cabo una intervención quirúrgica de dicha envergadura.------------------

8) Si alguno de los Hospitales de la Zona se encuentran habilitados para dicha intervención quirúrgica.---------------------------------------------------------------

9) Motivos por los cuales no se ha respondido a los reclamos del Hospital de Allen en cuanto a su reclamo para la derivación de la paciente.-------------

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 05 de noviembre de 2010... líbrese oficio con adjunción de copia del acta y documentación... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 08 de noviembre de 2010.-

FUNDACION MEDICA DE RIO NEGRO

Y NEUQUEN

Oficio Nro. 2301

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "GOMEZ Luz Marina S/ Amparo" (Expte. 40482) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto reiterar el presente oficio haciendole saber que la contestacion realizada resulta insuficiente. Atento a ello se solicita, brinde un amplio informe sobre la situación de la paciente LUZ MARINA GOMEZ (DNI 93.121.887), el que deberá ser contestado en el plazo de 48 horas.- Además deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto:

1.- Si hay antecedentes en dicha institución que se ha atendido a la paciente Luz Marina Gómez, en su caso, diagnóstico y tratamiento aconsejado.--

2..- Antecedentes médicos de la paciente sobre su estado de salud en general.-----------------------------------------------------------------------------------

3.- Si hay antecedentes en dicha institución que la misma debe ser intervenida quirúrgicamente por rotura de menisco, en su caso, desde cuando.------------------------------------------------------------------------------------

4.- Causas o motivos por los cuales la intervención quirúrgica no fue llevada a cabo.---------------------------------------------------------------------------------------

5.- Si la paciente fue derivada por el Hospital de Allen.------------------------

6.- Si se han evaluado los riesgos que puede traer aparejado a la paciente la intervención quirúrgica de rodilla, atento sus antecedentes médicos.-----

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 05 de noviembre de 2010. ... reiterese el oficio librado a la Fundación Médica de Rio Negro y Neuquen, con la constancia que la contestación obrante a fs. 18 resulta insuficiente.-Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA

Sr. FISCAL DE ESTADO de RIO NEGRO

ALVARO BARROS 328

VIEDMA (Rio Negro)

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "GOMEZ Luz Marina S/ Amparo" (Expte. N* 40482) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 05 de noviembre de 2010... Notifiquese por cedula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta...Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos- Juez":-

Se deja constancia que se adjunta copia del acta que se menciona.-

La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *******************************************************************

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 09 de noviembre de 2010 .-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA

Sr. GOBERNADOR de la PCIA. RIO NEGRO

LAPRIDA 212

VIEDMA (Rio Negro)

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "GOMEZ Luz Marina S/ Amparo" (Expte. N* 40482) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 05 de noviembre de 2010... Notifiquese por cedula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta...Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos- Juez":-

Se deja constancia que se adjunta copia del acta que se menciona.-

La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *******************************************************************

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 09 de noviembre de 2010.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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