include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0666/2005
Fecha: 2005-12-06
Carátula: JEREZ ANA MARIA C/ EL CONDOR ETSA Y OTROS S/ SUMARIO S/ EJECUCION DE SENTENCIA
Descripción: prov
EXPTE. N° 0666/2005
CARATULA: JEREZ ANA MARIA C/ EL CONDOR ETSA Y OTROS S/ SUMARIO S/ EJECUCION DE SENTENCIA
Viedma, diciembre de 2005.-
Agréguese la documental acompañada y teniendo a la vista las actuaciones originales (Expte. n° 1601/97/6), certífíquense las mismas.-
Atento el estado de las actuaciones, advirtiéndose diferencias en el monto reclamado en la presente ejecución con el que surge de las sentencias dictadas en los autos principales, en atención a que se han aplicado intereses, que no se ha aprobado liquidación alguna y teniendo en cuenta además que se persigue el cobro de honorarios cuya regulación no surge de las constancias acompañadas, previo a todo, aclárese y en su caso adécuese el monto reclamado.-
Asimismo, teniendo en cuenta que la ejecución se persigue contra los clientes no condenados en costas, no corresponde, en este estado, la aplicación de intereses, ello hasta tanto no se efectue la intimación prevista en el art. 50 de le ley 2212 y se haya vencido el plazo allí establecido, debiendo en consecuencia adecuarse el monto reclamado.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro