Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39971

N° Receptoría:

Fecha: 2010-11-05

Carátula: MARTINS Manuel Bernardo S/ Sucesión

Descripción: DECLARATORIA

//neral Roca, 05 de NOVIEMBRE de 2010.=

VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "MARTINS MANUEL BERNARDO S/SUCESION" (Expte. Nro. 39.971).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Manuel Bernardo Martins ocurrido el 01 de marzo de 1988 en Cervantes (Río Negro), certificado a fs. 2.

El causante se encontraba unido en matrimonio con María Cristina Diaz, por acto celebrado el 24 de mayo de 1963 en General Roca (RN), certificado a fs. 3.-

De dicha unión nacieron:

Alicia Mabel: el 09 de marzo de 1967 en General Roca (RN), certificado a fs. 4.-

Laura Graciela: el 12 de marzo de 1977 en General Roca (RN), certificado a fs. 5.-

Susana Marisel: el 17 de junio de 1973 en Gral. Roca (RN), certificado a fs. 6.-

Patricia Mariela: el 08 de febrero de 1964 en Gral. Roca, (RN), certificado a fs. 7.-

Andrea Isabel: el 08 de julio de 1969 en Gral. Roca (RN), certificado a fs. 8.-

A fs. 28 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-

A fs. 29 y 49 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-

A fs. 42/44 y46/8 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-

Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de MANUEL BERNARDO MARTINS, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijas ALICIA MABEL, LAURA GRACIELA, SUSANA MARISEL, PATRICIA MARIELA y ANDREA ISABEL de apellido MARTINS y DIAZ, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite MARIA CRISTINA DIAZ sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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