Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39287

N° Receptoría:

Fecha: 2010-11-04

Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. c/BOROCCI Javier Dario S/ Ejecutivo

Descripción: A RENTAS-regula x acrecidos

//neral Roca, 04 de NOVIEMBRE de 2010.=

Téngase presente la cancelación de deuda denunciada.

Agréguese, y pasen en vista a RENTAS.

Regulo por acrecidos los honorarios de la Dra. Ana Zinkgraf en la suma de $ 570.-( M.B. $ 9.392,10.- fs. 14 arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.

Al punto IV, oportunamente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro