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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40455
Fecha: 2010-11-04
Carátula: ANHECHEGER Mario Dario c/S.A. IMPORTADORA y EXPORTADORA DE LA PATAGONIA S/ Ordinario
Descripción: Inicio
//neral Roca, 04 de noviembre de 2010.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de QUINCE días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Al punto VI, procédase al secuestro del libro de quejas de la demandada que corresponda al mes de Abril de 2009 (20/04/2009), a cuyo efecto líbrese mandamiento de secuestro el que será diligenciado por el oficial de justicia del Tribunal de esta ciudad.-
Imprímase al presente trámite el carácter de RESERVADO, excluyéndose de la lista de despacho.-
Deposítese en caja fuerte la documental acompañada.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Nota: de haberse depositado documental de fs. 15/27. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro