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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0201/2008
Fecha: 2010-11-03
Carátula: CASELLA LEDA ALICIA C/ NICOSIA SARDI MARIA DEL CARMEN S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO EN OTRO JUICIO DE ESTE JUZG. (PROVIDENCIA)
EXPTE. Nº : 0201/2008
CARATULA: CASELLA LEDA ALICIA C/ NICOSIA SARDI MARIA DEL CARMEN S/ EJECUTIVO
Viedma, noviembre de 2010.-
Atento lo solicitado, trábese embargo sobre los derechos y acciones hereditarios que pudieren corresponderle a la demandada María del Carmen Nicosia Sardi en los autos caratulados:"NICOSIA ORLANDO S/SUCESION" (Expte nº 0531/2008) que tramitan por ante este Juzgado, hasta cubrir la suma de $ 9.125 en concepto de capital, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 4.335 que se presupuesta provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. A los fines de la toma de razón de la medida ordenada, déjese constancia por Secretaría en los autos mencionados.-
En los términos del art. 198 del C.Pr. notifíquese la medida cautelar decretada.-
A la liquidación practicada, estése a la etapa procesal oportuna.-
En consecuencia, desparalícense las actuaciones.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
NOTA: En igual fecha se cumplimentó lo ordenado precedentemente. Conste.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro