Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36240

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-06

Carátula: FAROUX Diego Carlos c/ ITALO Marta S/ Ejecutivo

Descripción: Regulación

//neral Roca, 06 de DICIEMBRE de 2005._

Téngase presente la enuncia efectuada.

Regulo los honorarios del Dr. Sandro Chaina en la suma de $75(M.B. $ 517,50 arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese al actor y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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