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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0327/2010
Fecha: 2010-11-02
Carátula: TASSARA DE GIRIBONI MARIA TERESA C/ GIRIBONI RICARDO RAMON S/ DIVORCIO Y TENENCIA DE HIJOS S/ INCIDENTE DE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA
C E D U L A
Señor: Ricardo Ramon Giriboni - Dr. Néstor Larroulet
Domicilio: Zatti 857 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "TASSARA DE GIRIBONI MARIA TERESA C/ GIRIBONI RICARDO RAMON S/ DIVORCIO Y TENENCIA DE HIJOS S/ INCIDENTE DE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL S/ ORDINARIO", Expte. Nº 0327/2010, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, octubre 29 de 2.010.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO:I.- Declarar la incompetencia de este Juzgado en razón de la materia y remitir las presentes actuaciones al Juzgado de Familia Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial, con asiento en Viedma.-II.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, noviembre de 2.010.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro