Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0327/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-11-02

Carátula: TASSARA DE GIRIBONI MARIA TERESA C/ GIRIBONI RICARDO RAMON S/ DIVORCIO Y TENENCIA DE HIJOS S/ INCIDENTE DE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL S/ ORDINARIO

Descripción: CEDULA DE SENTENCIA

C E D U L A

Señor: Ricardo Ramon Giriboni - Dr. Néstor Larroulet

Domicilio: Zatti 857 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "TASSARA DE GIRIBONI MARIA TERESA C/ GIRIBONI RICARDO RAMON S/ DIVORCIO Y TENENCIA DE HIJOS S/ INCIDENTE DE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL S/ ORDINARIO", Expte. Nº 0327/2010, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, octubre 29 de 2.010.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO:I.- Declarar la incompetencia de este Juzgado en razón de la materia y remitir las presentes actuaciones al Juzgado de Familia Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial, con asiento en Viedma.-II.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, noviembre de 2.010.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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